Sunass establece normas para comunicar cortes de agua potable

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) estableció reglas claras para que las empresas que prestan servicios de agua potable avisen a sus usuarios con anticipación sobre cualquier corte programado o imprevisto en el suministro.

Las empresas deben notificar con un mínimo de 48 horas de antelación

Según el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, las empresas están obligadas a informar con al menos 48 horas de antelación sobre cortes programados en el suministro de agua potable. La notificación debe incluir el motivo del corte, las zonas afectadas, la fecha y hora de inicio, así como el horario estimado para la restitución del servicio.

Esto busca garantizar que los usuarios conozcan sus derechos y las obligaciones que deben asumir las compañías ante cualquier interrupción del servicio.

Cortes imprevistos deben informarse en 8 horas y solucionarse en 24 horas

Cortes imprevistos deben informarse en 8 horas y solucionarse en 24 horas

En el caso de cortes imprevistos, que ocurren como resultado de emergencias, roturas de tuberías o situaciones no anticipadas, la regulación establece que las empresas deben informar a las personas usuarias en un plazo máximo de 8 horas desde el inicio de la interrupción.

La notificación debe precisar la causa del corte, las zonas afectadas y el tiempo estimado para el restablecimiento del servicio. Además, la empresa tiene un plazo máximo de 24 horas para solucionar el problema, salvo que se trate de un evento fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado.

Sunass enfatiza el derecho de la población a recibir un volumen mínimo diario de agua potable durante cualquier interrupción del servicio.

Las empresas deben garantizar el acceso a agua segura mediante camiones cisterna, puntos provisionales de abastecimiento u otros mecanismos alternativos si la interrupción supera las 18 horas. En el caso de establecimientos de salud, estaciones de bomberos o centros penitenciarios, el abastecimiento alternativo debe activarse luego de seis horas de corte.

El ente regulador recordó que el cobro realizado en cada ciclo de facturación debe corresponder únicamente a los servicios efectivamente prestados. Por tanto, los días en los que no se haya brindado el servicio de agua potable no pueden incluirse en la facturación mensual.

Las personas usuarias tienen derecho a exigir información clara y oportuna sobre cualquier corte, acceder a las alternativas de abastecimiento cuando corresponda y presentar solicitudes o reclamos si la empresa incumple los plazos o disposiciones establecidas.

Sunass recomienda revisar constantemente los canales digitales oficiales de la empresa prestadora para mantenerse informado sobre eventuales interrupciones.