Audiencia nacional rechaza asilo a venezolano: un caso de 'tercer país seguro'
La Audiencia Nacional ha denegado el asilo a un ciudadano venezolano que alegaba persecución por su orientación sexual y xenofobia, un fallo que subraya la creciente dificultad para obtener protección internacional en la Unión Europea. La decisión, que incluye una sanción económica de hasta 1.500 euros, pone de manifiesto la exigencia de pruebas concretas y la consideración de 'terceros países seguros' en la evaluación de las solicitudes.

Un relato sin el peso de la prueba
El solicitante, llegado a Madrid en octubre de 2021, narró un periplo marcado por insultos, amenazas y acoso en Venezuela, agravados por problemas de salud mental, incluso un intento de suicidio. Tras una breve estancia en Colombia, donde trabajó en hostelería, se trasladó a Perú, país donde residió durante más de tres años con permiso de residencia y empleo.
Pero hay un detalle que pesó en la decisión del tribunal: Perú. Durante más de tres años, el demandante disfrutó de un permiso de trabajo y acceso a servicios sociales en ese país, sin buscar protección internacional. La Audiencia Nacional considera que Perú funcionó como un “tercer país seguro”, una figura clave en la legislación de asilo que impide la protección si el solicitante podría haberlo solicitado en un país considerado seguro.
La Administración, tras analizar el caso, determinó que el relato del solicitante carecía de la concreción y respaldo probatorio necesarios. A pesar de las alegaciones de violencia y hostilidad, la falta de denuncias formales o elementos objetivos que acreditaran los hechos expuestos debilitaron su petición. La sala enfatizó que, incluso admitiendo episodios de discriminación, estos no alcanzaban la gravedad requerida para ser calificados como persecución.
El gobierno peruano, a pesar de la llegada masiva de venezolanos, implementó campañas para combatir el racismo y favorecer la integración, y el Código Penal peruano protege los derechos de las personas LGBTI. Ese contexto, según la sentencia, desmiente la alegación de persecución sistemática.
La cifra habla por sí sola: casi un millón de solicitudes de asilo a la espera en la Unión Europea. Este fallo, sumado a la dificultad para obtener asilo en otros países de la UE, refleja una tendencia a endurecer los criterios y a exigir pruebas irrefutables de persecución, dejando en una situación precaria a miles de personas que huyen de conflictos y violencia.
La resolución del caso, con su énfasis en la necesidad de pruebas concretas y la consideración de 'terceros países seguros', plantea interrogantes sobre el futuro de las solicitudes de asilo en un contexto de crisis humanitaria y creciente presión migratoria.